La FIFA aplicó el artículo 27 de su Código Disciplinario y suspendió la sanción de un partido a Balogun, expulsado ante Bosnia-Herzegovina por una acción sobre Muharemovic. El delantero estadounidense queda habilitado para enfrentar a Bélgica en los octavos de final del Mundial 2026, una decisión que ya generó revisión y molestia en la federación belga.

Un artículo anterior del Código, el 25, establece que los órganos judiciales «determinan el tipo y la extensión de las medidas disciplinarias que proceda imponer, en función de los elementos objetivos y subjetivos de la infracción, teniendo para ello en cuenta las circunstancias agravantes y atenuantes».
Balogun fue expulsado el pasado miércoles durante el partido de dieciseisavos contra Bosnia-Herzegovina, después de que el árbitro, avisado por el VAR, considerase una acción imprudente el pisotón del delantero estadounidense al bosnio Tarik Muharemovic.
De acuerdo con la normativa de la FIFA, una tarjeta roja implica la expulsión directa del partido de quien recibe la sanción, sino que también queda suspendido para el siguiente encuentro, pero la comisión disciplinaria ha aplicado este artículo 27, al que también se recurrió con Cristiano Ronaldo, al que se redujo la sanción de tres a un partido en la fase de clasificación del Mundial, lo que le permitió no perderse ningún encuentro en la fase final.
«Los órganos judiciales podrán optar por suspender total o parcialmente la aplicación de una medida disciplinaria», señala el código disciplinario, que en su punto 2, resalta que «al suspender la aplicación de la sanción, los órganos judiciales someterán al sancionado a un periodo de prueba, con una duración de entre uno y cuatro años».
Este articulado se introdujo en 2019 cuando se reestructuró el código disciplinario para hacerlo más corto, y tras recibir ajustes jurídicos, se estableció como tal en la edición de 2023.










